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Gerundio:
• Usos desviados:
– con valor de imperativo ¡Andando, niños!; ¡Venga, todos sujetando la pared!
– verbo principal de enunciados
exclamativoimperativos: ¿Qué?,
¿tomando el sol?
– pie de foto: El jugador haciendo
ejercicios de calentamiento antes de entrar al campo.
– Cuando
esta forma no personal del verbo sirve para ubicar cronológicamente la acción
que codifica con respecto a la acción expresada por el verbo principal, puede
enunciar una acción: – Simultánea a la
expresada por el verbo principal: Teniendo yo once años, ingresé en la
escuela.
– Inmediatamente anterior a la expresada por
el verbo principal: Alzando la jarra con las dos manos, la dejó caer sobre
mí.
– Inmediatamente posterior a la expresada por
el verbo principal: Se fue de la clase dando un portazo y haciendo mucho
ruido.
A diferencia de las tres
posibilidades anteriores, que se consideran perfectamente aceptables en la
norma ejemplar del español, también es factible que el gerundio exprese
posterioridad no inmediata. Pero en esos casos la norma prescriptiva ya no es
tan permisiva:
-A los setenta años emigró a
América, *muriendo en Méjico; Tuvo que retirarse del trabajo, *muriendo poco
después; Dijo aquella tontería, *arrepintiéndose días después.
El uso del
gerundio en lugar de una oración subordinada adjetiva se considera incorrecto en frases como: *Traen una
caja conteniendo cien fusiles.; *Se
necesita empleado sabiendo cocinar. Lo correcto sería: Tengo una caja que contiene
cien fusiles; Se necesita empleado que
sepa cocinar.
En este sentido, hay que preguntarse lo siguiente: ¿De dónde
procede esta estructura sintáctica que la norma prescriptiva se niega a
aceptar?
Hay que remontarse a la etimología
del gerundio castellano. En latín
había dos participios, el participio de pasado y el de presente, el participio
de presente, equivale a nuestras actuales oraciones subordinadas adjetivas del
tipo que ama, que ignora, etc.
Pues bien, cuando nos hallamos ante
un gerundio adjetivo como -*Traen una caja conteniendo cien fusiles, lo que ocurre es que el gerundio ha
asumido indebidamente el valor adjetivo del antiguo participio de presente
latino, que en el sistema del español actual tampoco le corresponde al
gerundio, ya que se realiza mediante oraciones subordinadas adjetivas.
¿Por qué censura la norma prescriptiva estas construcciones
de gerundio adjetivo? Porque son contrarias tanto al sistema gramatical del
español actual (que dispone para ese significado de las oraciones subordinadas
adjetivas), como al sistema del latín, en que ese valor tampoco era propio del
gerundio, sino que correspondía al participio de presente, hoy desaparecido
como forma viva de la conjugación verbal.
La norma del español sí ha permitido que el gerundio acoja
una parte del antiguo valor del participio de presente, la posibilidad de que lleve complementos propios de un verbo conjugado
cuando va complementando a un sustantivo, como en el ejemplo Vimos a María
besándose con un hombre que se menciona al final de este fragmento de la
Gramática descriptiva de la lengua española:
El origen híbrido del gerundio se relaciona con
la confluencia, en él, de dos formas latinas:
– El gerundio en caso ablativo, del que
el gerundio castellano ha heredado el valor
adverbial de modificador verbal para la expresión del medio o manera en que
se realiza la acción denotada por el verbo principal. Ej. Pedro ganó apostando
– El
participio de presente, del que
nuestro gerundio ha heredado el valor predicativo, esto es, la capacidad de
llevar complementos.
En + gerundio
El uso de la construcción en + gerundio es histórico en
nuestro idioma, no se trata de un esquema importado del francés, como muchos
piensan.
Precisamente porque se trata de
una estructura patrimonial de nuestra lengua no está condenada normativamente,
pero en la actualidad se percibe como vulgar y por eso muchos hablantes rehúsan
recurrir a ella:
– En
reconociendo las letras, no es difícil el examen de árabe.
El régimen
inmediato al verbo. Queísmo y dequeísmo
En español tenemos:
– verbos con régimen preposicional, cuyo
complemento interno se construye con preposición (informar de algo, dudar de
algo, etc.)
– verbos transitivos sin régimen preposicional,
puesto que no hay preposición alguna delante de los complementos directos que
no sean de persona.
La mayoría de los hablantes no tiene problemas con estas
construcciones cuando los complementos de estos verbos son sintagmas nominales:
“Me acaban de informar de la noticia.”;
“No dudo de tu sinceridad.”; “¿No te acuerdas ya del sueño?”
Pero cuando, en vez de sintagmas nominales, el complemento régimen o complemento
directo del verbo es una oración subordinada sustantiva, se pueden dar
fenómenos de:
ü
Dequeísmo: conversión indebida de un verbo transitivo
en verbo de régimen preposicional, debido a la anteposición incorrecta de “de” a una oración subordinada sustantiva
que debía funcionar como complemento directo.
ü
Queísmo: conversión indebida de un verbo de
régimen preposicional en transitivo debido a la elisión incorrecta de la
preposición “de” delante de una
oración subordinada sustantiva que hacía las veces de suplemento.
-Yo
opino / pienso / creo *de que... || -El contestador automático de telefónica le
informa *que no tiene llamadas. || -Estoy seguro *que tiene razón.|| -Me
acuerdo *que me dijo *de que lo llamaras. || «A modo de ejemplo, en octubre de
2004 este mismo diario informaba *que Antena 3, Tele 5 y TVE-1 emitían a diario
13 horas de cotilleo y culebrones en horario infantil» (El País, 13/12/2006).
|| -El ex-presidente se olvida *que él también excarceló presos etarras.
La causa principal del dequeísmo y del
queísmo parece ser la proximidad
semántica que existe entre ambos tipos de construcción, ya que en ambos casos se trata de complementos
internos del verbo. Otros posibles factores coadyuvantes son las
interferencias con otra lengua, por ejemplo con el catalán y sus estructuras
que pueden dar lugar a confusiones.
¿cómo saber si un verbo tiene o régimen preposicional o no, y evitar
cometer, por tanto, queísmo o dequeísmo? Hay dos buenos procedimientos:
- Se puede sustituir la oración subordinada por un grupo nominal. Si la preposición es necesaria ante el sintagma nominal la situación, también lo es ante la oración subordinada sustantiva Pedro se quejaba de que la situación estaba así.
- También se puede preguntar al verbo por medio de una paráfrasis interrogativa: ¿De qué me informó?; ¿De qué dudó?; ¿De qué se acordó?; frente a...; ¿Qué dijo?; ¿Qué creyó?
Verbos con doble régimen (preposicional o transitivo)
CUIDAR:
ü
Cuando significa ‘dedicar atención a algo’: permite ambos regímenes: Ella cuida a su hijo; Ella cuida de su hijo
ü (b)
Cuando significa ‘procurar’ tiene
obligatoriamente régimen preposicional: Cuida de que todo esté bien.
ADVERTIR:
ü
Cuando
significa ‘avisar’ tiene régimen preposicional, igual que avisar: avisar de
algo, avisar de que algo va a ocurrir: *Las Autoridades Sanitarias advierten
que el tabaco perjudica seriamente la salud
ü
(b) Tiene
régimen directo cuando: significa ‘notar’: notar algo, notar que pasa algo || se usa con un sentido de
admonición y orden: te ordeno que no hagas nada; te advierto que no hagas nada.
Verbos con doble régimen sin necesidad de que haya cambio de
significado:
APROPIARSE: Puede
ser transitivo: “Nadie debe apropiarse esa etiqueta; o intransitivo, con un
complemento de régimen introducido por de, construcción mayoritaria en el uso
actual: “Brasil se apropió DEL terreno de juego”
Otros casos similares: disfrutar, gozar, gustar.
Un caso especial es
NECESITAR: Se construye normalmente
con complemento directo: “Vamos a necesitar tres coches”; aunque también es
correcta la construcción intransitiva, con un complemento introducido por de:
“Don Raimundo necesitaba DE la soledad para concentrarse Cuando lo necesitado
se expresa mediante un infinitivo o una oración subordinada, solo es posible la
construcción transitiva: “Necesitaba pensar en otros...”
DEBER- DEBER DE
Como señala Gómez Torrego, «son frecuentes las confusiones
entre las perífrasis deber + infinitivo y deber de + infinitivo. La primera,
deber + infinitivo siempre expresa obligación (Debes comer más para crecer). La
segunda, deber de + infinitivo, indica duda o posibilidad
(No sé qué hora es. Deben de ser las doce). Su empleo
indistinto puede llevar a ambigüedades».
La RAE admite omitir la preposición en la perífrasis de
posibilidad: “Deben (de) estar llamando
desde la calle, por el ruido que se oye.” PERO encuentra injustificado
intercalarla en la de obligación: “*Debes de estudiar más si quieres aprobar.”
“*Tu hijo ha hecho lo que debía de hacer.”
Verbos
indebidamente transitivizados
Muchos verbos que son normalmente intransitivos se usan, por
razones diversas, como transitivos.
Algunas de estas transitivaciones ya han sido aceptadas por
la RAE, como la de HERVIR: “El agua hierve (intransitivo)” “Alguien hierve el agua” (transitivo,
en el sentido de alguien hace hervir el agua).
Otros todavía se consideraban inaceptables en la edición
impresa del reciente Diccionario panhispánico de dudas (DPD):
«ENTRAR. Es intransitivo. No ha pasado a la lengua culta general el uso transitivo de entrar,
como sinónimo de meter o introducir,
aunque se da con normalidad en algunas zonas de España y de América». El coche
entró en el garaje— *Alguien entró el
coche en el garaje Sin embargo, la
edición digital parece más permisiva, aunque sigue condenando el uso transitivo
como contrario a la norma culta.
“No
ha pasado a la lengua culta general el uso transitivo de entrar, como sinónimo
de meter o introducir, aunque se da con
normalidad en algunas zonas de España y de América: «La entraron en el
camarote y la dejaron sobre la litera»” [DPD]
DPD: «CESAR. En
la lengua culta formal, este verbo es intransitivo
en todas sus acepciones [...]. Aunque es uso frecuente en el lenguaje
periodístico, debe evitarse en el habla esmerada el empleo de este verbo como
transitivo (‘expulsar [a alguien] del
cargo empleo que ocupa’): * “El Consejo de Ministros de ayer cesó a José
Víctor Sevilla” (El País 02/02/1984); en
estos casos debe emplearse el verbo destituir».
DPD: CALLAR(SE): Como intransitivo,
a menudo pronominal, significa ‘no
hablar’: «No quise informar de tal situación, y me callé». Es transitivo cuando significa ‘omitir o
no decir *algo+’:
«Don Agustín calló la verdad principal».
DPD: APELAR. Con
el sentido de ‘recurrir a una autoridad superior para que revoque o enmiende
una decisión considerada injusta’, puede usarse como intransitivo, con un complemento introducido por de o contra, que
expresa la cuestión que se desea revisar:
«La defensa de Ortiz apeló DE la decisión»; «Por creerla
injusta, había apelado CONTRA una resolución del juzgado». Pero hoy es más frecuente su uso como transitivo:
«Anunció que apelará la sentencia».
DPD: «ENTRENAR(SE).
Como transitivo, ‘preparar *a personas o
animales] en una práctica, especialmente deportiva’: “El equipo ha hecho
hoy uno de los mejores partidos desde que yo lo entreno” (Vanguardia Esp.
19/05/1994); y, como intransitivo,
‘ejercitarse para practicar una actividad, especialmente un deporte’. Con
este sentido se recomienda su uso en forma pronominal: “La selección nacional
se entrena en La Paz [...] bajo las órdenes del técnico español Antonio López”;
no obstante, se admite también la construcción intransitiva no pronominal, que
se va imponiendo en el uso actual: “Actualmente entreno entre cuatro y seis
horas diarias”.
El DPD contiene tres acepciones transitivas: SUSPENDER. Cuando este verbo significa
‘dar a alguien la calificación de suspenso en una prueba’, puede construirse de
tres modos:
a)
Suspender [a
alguien] EN una prueba o materia:
«Llegó el fin de curso y me suspendieron EN todas las asignaturas». Aquí la
persona que recibe el suspenso se expresa mediante un complemento directo.
b)
Suspender [una
prueba o materia] a alguien: El último año me suspendieron la Física. Aquí
la persona que recibe el suspenso se expresa mediante un complemento indirecto.
c)
Suspender
alguien [una prueba o materia]: «En período de exámenes acudían masivamente
a la consulta “estudiantes” que habían suspendido todas las asignaturas». Aquí
la persona que resulta suspendida es el sujeto de la oración.
Luego son incorrectos para la norma prescriptiva, aunque
difícilmente erradicables de la norma consuetudinaria: *En mi curso han suspendido veinte alumnos. *Suspendí en matemáticas.
El uso consuetudinario ignora, igualmente, la prohibición
académica de no construir culminar
como verbo pronominal:
DPD: CULMINAR. Como transitivo, ‘dar fin *a una tarea+’: «El Congreso deberá culminar la aprobación del Código Minero»; como intransitivo, con el sentido de ‘llegar al final o al punto culminante’, lleva un complemento introducido por en o con: «Un paso importante en el proceso que culminaría EN el referéndum sobre la independencia»;. No debe emplearse como pronominal: *«El TSJC es el órgano jurisdiccional en el que se culmina la organización judicial en Cataluña».
Un último caso, donde la norma prescriptiva ya se ha
amoldado a la consuetudinaria es el empleo de atravesar como intransitivo, con
la preposición por, aunque tradicionalmente había sido únicamente transitivo:
DPD: ATRAVESAR(SE). Puede
funcionar como transitivo: «Algunos tubos plateados que atraviesan la
habitación» «Solange y Florence atraviesan la calle para reunirse con ellos»
(Arel Jardín [Ur. 1985]); o como
intransitivo, caso en el que suele llevar un complemento precedido de por, que expresa el lugar o
circunstancia por los que se pasa: «Los cables de la luz que atraviesan POR
la avenida; «La astronomía atraviesa POR su período más oscuro»
Vacilación en el uso de preposiciones en los demás
complementos de la
oración
Preposición a
DPD: ACOSTUMBRAR(SE): Cuando significa ‘habituar(se)’, se
construye con un complemento con a: “Amanda *...+ lo acostumbró A comer de
todo”; “Se acostumbró A las argollas”. 2. Cuando
significa ‘soler’, va seguido de un infinitivo, que puede ir o no precedido de
la preposición a: “Ella no acostumbraba ir a misa”
DPD: ALUDIR:
Hacer referencia a algo o a alguien’. Se
construye normalmente como intransitivo, con un complemento precedido de a:
“El presidente peruano aludió A la posibilidad de nuevos atentados” (Clarín *Arg.
24/04/1997); “Todos esos nuevos vocablos aluden A realidades nuevas” (Miguel
Perversión *Esp. 1994+). Pero, con
sujeto de persona, se emplea a veces como transitivo, como demuestra su
aparición en construcciones pasivas: “Había pasado de ser aludido con un
irrespetuoso ‘ese hombre’ a ser motejado con la ambigua tacha de
‘desdichado’”.El uso transitivo solo es normal cuando el complemento directo es
un pronombre: “Yo no me atrevía a mentar a Belinha ni a su hija, ni siquera a
aludirLAS”.
Preposición de
DPD: ADOLECER: En
su acepción más habitual, ‘tener algún defecto o sufrir de algún mal’, es intransitivo y lleva un complemento
introducido por de, que expresa el defecto o el mal: “El tono que empleaba
Pura en todos su comentarios *...+ adolecía DE insolencia”. (MtnGaite
Fragmentos [Esp. 1976]) [...].
APODERARSE DE ALGO-INCAUTARSE DE ALGO
El verbo incautar necesita obligatoriamente la preposición de para su construcción: -La policía se
incautó de un alijo.
De ahí que tradicionalmente se considerasen incorrectos sus
usos sin preposición; Sin embargo, hoy el DPD afirma lo siguiente:
Incautar(se). Dicho
de una autoridad, ‘apoderarse de bienes relacionados con actividades delictivas’.
Se acentúa como causar (→ APÉNDICE 1, n.º 10).
• 2. En el habla culta se usa preferentemente como
intransitivo pronominal, con un complemento de régimen introducido por de: «La
policía también se incautó DE un helicóptero» (Nación [C. Rica] 12.9.96).
No obstante, por influjo de verbos sinónimos como confiscar o
decomisar, hoy es frecuente, y se considera válido, su uso como transitivo:
«Les incautaron tres dosis de cocaína» (Mundo [Esp.] 5.10.95). Lo mismo ocurre con apoderarse de: Los ladrones se apoderaron del cuadro.
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